Las oficinas de farmacia, como cualquier empresa con trabajadores, deben garantizar un entorno laboral seguro, respetuoso y libre de cualquier forma de acoso.
En este sentido, la normativa vigente establece la obligación de disponer de un protocolo frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, que permita prevenir, detectar y actuar ante este tipo de situaciones en el ámbito laboral.
¿Qué implica esta obligación?
El protocolo es una herramienta interna que define:
- Qué se considera acoso sexual o por razón de sexo
- Cómo prevenir este tipo de conductas
- Qué procedimiento se sigue en caso de que se produzca una situación
- Qué medidas de protección se aplican a la persona afectada
Su objetivo es doble: proteger a los trabajadores y ofrecer seguridad jurídica al titular de la farmacia.
¿Quién debe tenerlo?
Todas las farmacias con personal contratado deben contar con este protocolo, independientemente de su tamaño.
Además, en el caso de empresas con determinadas características (por ejemplo, en el marco de planes de igualdad), su implantación es especialmente relevante y puede ser objeto de revisión por parte de la Inspección de Trabajo.
